Incapacitación Judicial para Personas con Discapacidad

Apoyo a las Personas con Discapacidad en el Ejercicio de su Capacidad Jurídica

El pasado 3 de junio de 2021 se publicaba en el BOE (Boletín Oficial del Estado) la nueva ley de incapacitación, que entró en vigor el día 3 de septiembre del mismo año.

Este nuevo texto legal modifica algunas de las normas que hasta ahora eran de aplicación en relación con el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.

¡Cientos de Incapacitaciones Gestionadas con Éxito Anualmente!

Esta Web se ha revisado acorde a la nueva Ley 8/2021 en la medida de lo posible. No obstante, y para su mejor comprensión, se mantienen algunos términos utilizados con anterioridad a la citada Ley.

  • Cuando hablemos de incapacitación judicial nos referiremos a las medidas judiciales de apoyo de las personas con discapacidad, en especial a la figura de la curatela.
  • Siempre que hablemos de tutor nos referiremos a la actual figura del curador.
  • Y siempre que hablemos de persona tutelada nos referiremos a la persona con una discapacidad que necesite tales medidas judiciales de apoyo.

¿Buscas los mejores expertos en incapacitaciones judiciales?

¡Contacta con nosotros!

El espíritu de la nueva ley 8/2021 que sustituye la incapacitación jurídica

Adecuar nuestra legislación procesal y civil a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por las Naciones Unidas en Nueva York en el año 2006. Ese es el propósito fundamental de la nueva ley de incapacitación jurídica.


¿Necesitas ayuda con una incapacitación legal?

Todos los procedimientos que se desarrollan en ámbitos judiciales suelen ser complejos para la gente. La gestión eficiente de una demanda en un juzgado requiere de conocimientos específicos y de experiencia. Hay que saber moverse en ese ambiente en el que los trámites pasan de un escritorio a otro, de una persona a otra.

Las solicitudes de incapacitación judicial no escapan a este circuito. Sólo un buen profesional especialista en Derecho Civil y Familiar, con amplia experiencia en los juzgados, conseguirá que el trámite fluya sin estancarse.

Procedimientos para incapacitar a una persona

  • El procedimiento para la incapacitación de una persona puede llegar a ser bastante complejo y dilatarse en el tiempo.
  • Los tiempos son muy importantes pues afectan tanto al interesado como a la estabilidad familiar.
  • En el contexto de la nueva ley de incapacitación cobran especial relevancia la autocuratela y los poderes preventivos relativos a las medidas voluntarias.

¡Deja tu caso en manos expertas!


Incapacitación urgente

  • En la mayoría de las ocasiones, y sobre todo cuando se trata de personas mayores, es preciso una incapacitación urgente adoptando las correspondientes medidas cautelares. Cuando la situación requiere de un internamiento en un centro especializado, generalmente la familia espera al último momento y se hace necesaria la adopción de tales medidas.
  • Estas medidas requieren de una autorización judicial, y es muy conveniente el asesoramiento por especialistas en este tipo de asuntos.
  • Cabe recordar que la ley permite, en los casos más graves, el internamiento no voluntario en un centro especializado, generalmente una residencia.

Autorización judicial

Las situaciones en las que un curador requiere de una autorización judicial son muy diversas y no sólo es el caso de la venta de bienes del discapacitado:

  • Aceptar herencias sin beneficio de inventario.
  • Tomar o dar dinero a préstamo o prestar fianza o aval.
  • Realizar gastos extraordinarios relacionados con los bienes del tutelado.
  • Celebrar contratos de renta vitalicia, de seguro de vida o análogos.

Incapacitación de personas con discapacidad severa

Es muy importante reseñar que la incapacitación judicial es una medida cuyo objetivo proteger y velar por el bienestar (y por la seguridad económica). Normalmente, las incapacitaciones van dirigidas a:


Lecturas adicionales sobre la incapacitación judicial


¿Qué cambia en la nueva ley 8/2021 sobre la incapacitación judicial?

Son muchos los cambios que introduce la reforma, pero, de entre todos ellos, destacan los que tienen que ver con los siguientes asuntos:

De la incapacitación al apoyo

El elemento central de la ley deja de ser la incapacitación de la persona discapacitada. A partir de la reforma, esta se sustituye por las medidas de apoyo oportunas para que, efectivamente, el individuo pueda ejercer su capacidad jurídica en plenas condiciones. Ese apoyo puede materializarse de muy diversas formas:

En relación con este último punto, la delegación y representación en la toma de decisiones, que solo se aplicará en aquellas situaciones en las que resulte estrictamente necesario. Es decir, cuando el apoyo no pueda prestarse de otra forma.

El nuevo papel del curador y la eliminación del tutor

La curatela es la principal medida de apoyo a las personas con discapacidad. Consiste en asistir al sujeto para que pueda desempeñar su propia capacidad jurídica. Con esta última reforma legislativa se acota esa labor asistencial, dejando fuera cualquier actuación de representación. Excepto, eso sí, en los casos en los que resulte verdaderamente precisa esa representación, que correrá a cargo del curador.

¿Qué ocurre, entonces, con la tradicional figura del tutor? En pocas palabras: prácticamente, desaparece. La razón de su eliminación es que se trata de un atributo demasiado rígido. Y que, además, se aleja de la actual voluntad de promover la autonomía de las personas con discapacidad mayores de edad.

Sólo continuará utilizándose esta figura en los casos de personas con discapacidad menores de edad sin la protección de la patria potestad.

El acceso al Registro Civil

Otro objetivo primordial de la nueva ley de incapacidades es preservar la intimidad y la protección de los datos personales de las personas con discapacidad. Para ello, quienes les presten las correspondientes medidas de apoyo solo podrán acceder a la información almacenada en el Registro Civil bajo el régimen de publicidad restringida.

Cambios en la Ley Hipotecaria y en el Código de Comercio

En la Ley Hipotecaria aparecían varias referencias a la incapacitación y a los incapacitados. A la vez, la ley contemplaba el uso del Libro de incapacitados. Ambas cuestiones se suprimen con esta reforma. Y lo mismo ocurre en el texto del Código de Comercio, que se adapta en sus artículos 4, 5 y 234.

Modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento Civil

Se toman las siguientes medidas, para aquellos casos en los que personas discapacitadas se vean envueltas en un procedimiento de demanda:

Resumen de las modificaciones

Esta es, sin duda, una reforma muy ambiciosa, centrada fundamentalmente en respetar la voluntad de la persona con discapacidad y garantizar su participación activa en el ejercicio de sus derechos.

Los cambios pueden parecer complejos, pero, en realidad, responden a una sola cuestión: la consideración de que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos que el resto.


Incapacitación Judicial y Curatela

Abogados Especialistas en Procedimientos de Incapacitación Judicial y Curatela